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1. A fin de crear una Sociedad en Perú, es necesario efectuar primero una búsqueda de la denominación social elegida en los Registros Públicos. Aclaramos que la Oficina de Registros Públicos y el INDECOPI , son entes Estatales independientes, los cuales no están interconectados. 2. Creemos que lo mas conveniente, es decidirse que tipo de Sociedad les resultaría más favorable constituir. Por ello detallamos las diferencias entre la Sociedad Anónima Abierta (Ordinaria) y la Sociedad Anónima Cerrada: * Sociedad Anónima Abierta (Ordinaria) ; no tiene límite máximo de socios ; asimismo debe tener obligatoriamente un Directorio y una Gerencia. Esto genera que exista una mayor fiscalización dentro de la Sociedad. |
Datos de identificación de los accionistas (carné de extranjería si se encuentran en el país, de lo contrario, datos de identificación del Apoderado que los representa indicando el número de la partida registral en donde corre inscrito dicho Poder). Forma del aporte : puede ser: efectivo o bienes muebles, definir la forma en la cual se va distribuir el capital entre los accionistas y valor nominal de las acciones. Datos de identificación de los primeros directores (mínimo 3 miembros) , indicando cual de ellos será el presidente del Directorio y los datos de identificación del gerente general o de los gerentes, dependiendo que solo deseen contar c on un gerente o con varios. |
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De ser el caso que quieran constituir una Sociedad Anónima Cerrada sin directorio, solo se necesita los datos de identificación del gerente y/o gerentes. Requisitos : La documentación tramite, gestiones y términos, es la misma, ya sea para la Sociedad Anónima Abierta o para la Sociedad Anónima Cerrada. * Nuestros servicios : Para que nosotros realizemos los trámites correspondientes, es necesario que contemos con Un Poder de Apoderado especial para este tipo de servicio, el cual les será enviado a vuestro requerimiento. * Las principales gestiones son : elevar la Minuta de Constitución de la Sociedad a Escritura Pública, y luego inscribir ésta en los Registros Públicos, para ello la Escritura Pública debe ser hecha de ser el caso, por el estudio de abogados o abogado que representa a la empresa. * En cuanto a la Escritura Pública, ésta es realizada por nosotros en nuestro país. * Duración del trámite : 30 días apróximadamente , de contar con toda la documentación pertinente. Rogamos tomar en cuenta que cualquiera sea la forma de la Sociedad: Abierta o Cerrada, ésta puede estar conformada por un 100% de socios extranjeros. Lo que si es necesario e indispensable es que el representante legal sea peruano o en todo caso sea un extranjero que domicilie en el Perú.
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