“Un caso que captó la atención de muchos universitarios peruanos fue la prohibición de las palabras ‘pontificia’ y ‘católica’ en el nombre de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) por parte del Vaticano”
Prohibición del Vaticano
El Vaticano emitió una prohibición de las palabras ‘pontificio’ y ‘católico’ en el nombre de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), una de las principales universidades de Perú.
Esta prohibición solicita a la PUCP adecuar sus leyes al derecho canónico, específicamente a la Constitución Apostólica Ex Corde Ecclesiae, promulgada por Juan Pablo II el 15 de agosto de 1990, que regula las características y funciones de las universidades católicas en todo el mundo.
La solicitud la hizo el Vaticano hace 20 años, con un plazo que vencía el 8 de abril de 2012, pero la PUCP aún no ha modificado sus estatutos.
Por esta razón, el Vaticano emitió un Decreto el 11 de julio de 2012, mediante el cual se prohíbe a la PUCP utilizar las palabras «pontifica» y «católica» en su nombre. Por ser una persona jurídica de derecho canónico, debía acatar esta legislación, y adecuar sus estatutos a la constitución apostólica.
Posición de la PUCP
Es por ello que a partir del 11 de julio de 2012, la PUCP no puede, a la luz del derecho canónico, emplear estas palabras como parte de su denominación. Sin embargo, cabe señalar que esta universidad también es una persona jurídica regida por las leyes del Perú, según las cuales es una Asociación Civil Sin Fines de Lucro. Por lo tanto, esta prohibición podría no aplicarse si la universidad es considerada como una entidad regulada por el Código Civil Peruano.
Como persona jurídica de derecho privado, la PUCP registró oficialmente ante la Oficina Peruana de Marcas (INDECOPI), una serie de marcas que contienen su nombre en las clases 09, 16, 38, 41 y 42, que distinguen productos y servicios relacionados con la prestación de educación superior (software donde se almacena la información, edición, telecomunicaciones, educación y servicios prestados por profesionales que demandan altas habilidades técnicas, respectivamente).
Dado que el derecho consuetudinario incluye las leyes peruanas de PI, es perfectamente comprensible que la universidad utilice los nombres ‘pontificia’ y ‘católica’ en sus marcas registradas. La ley canónica tiene una importancia mínima y es poco probable e incluso reprobable que interfiera.
Bajo la Ley de Sociedades Anónimas
Yendo más allá, creemos que bajo la Ley de Sociedades Anónimas, parte del derecho común peruano, la persona jurídica PUCP tendría derecho a usar su nombre, considerando que todo sujeto de derecho tiene derecho a tener un nombre sin restricción alguna, salvo aquellas previstas por la ley aplicable en el momento de su constitución.
Por eso, en la práctica, la prohibición del Vaticano no es aplicable, como podemos ver dado que hoy, un año después de la prohibición, las palabras “católico” y “pontificio” se emplean sin ningún problema.